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The pandemic hit Chile and Argentina in very different situations. Chile was coming out of 2019, marked by a significant social upheaval. The authorities faced several problems that year in guaranteeing social order, in declaring prolonged curfew, and with multiple complaints about human rights violations by the security forces. In Argentina, a new government had just taken over power. The country was in the midst of a severe economic and financial crisis, with high poverty and unemployment rates.

The Argentine government reacted to the pandemic with presidential mandates, and the Chilean government with constitutional states of emergency and resolutions exempted from the Ministry of Health. Also, both governments resorted to quarantine to stop the virus from spreading. They sought the population’s compliance by threatening with criminal sanctions. Also, in both countries, the confinement affected more severely the most disadvantaged sectors. However, this is where the similarities between the two countries end.

Differences in prosecution and criminal sanctions

In Chile, criminal prosecution was effective and uneven: the penal tool was used extensively. Besides, advantaged sectors were treated more leniently than less advantaged sectors, who received more onerous criminal responses. For example, there were significant differences in the way processes were handled between the eastern and southern parts of the country (representative of high and low socioeconomic and cultural levels, respectively). In the east region, 49.80% of the cases were closed as of August 2020. In contrast, in the southern zone, only 24.07% were closed, the former with more benevolent outlets than the latter.

By contrast, in Argentina, criminal prosecution of those who did not comply with the quarantine declined over time. Most of the criminal proceedings did not advance, and we did not detect discrimination by class or geographical area. According to data from the National Public Prosecutor’s Office, from a peak of 8,757 criminal cases in April, the number of proceedings for quarantine violations continued falling until November 2020. In October, the last full month of social isolation, both preventive and mandatory, only 1166 cases were recorded. In Buenos Aires, there was a decline in the number of procedures for quarantine violations over time, despite the increase in Covid-19 infections and population mobility. According to data from the CABA Public Prosecutor’s Office, over 1100 cases of quarantine violation were recorded in April, and around 20 million trips by public transport, according to the City Government’s open data portal. In contrast, 609 violation proceedings were recorded in October, while more than twice as many trips were taken on public transport.

Growing inequality?

The criminalization of quarantine in Chile suggests a deepening of pre-existing inequality. In Argentina, the decline in the penal tool’s use suggests a political decision to act leniently. That is, not to prosecute criminally to avoid accentuating the unequal impact of political decisions in this crisis.

Despite the differences, both cases show the limitations of a criminal approach to ensure law enforcement. To counteract the deficit, it must be taken into account that criminal prosecution is a public policy.  As such, it must be subject to the rules of democracy: that its creation is the result of democratic deliberation, that it is subject to republican control, and the avoidance of its excessive use. Yet, the data presented shows that the threat of punishment, in this case, has little consequences in the fight against the pandemic. It also has adverse effects on the legitimacy of democratic authorities, particularly those responsible for law enforcement.

Recommendations

Instead of insisting on activating or deactivating criminal punishment every time a social conflict is faced, we need another form of policymaking. It is pivotal to adopt strategies that increase public confidence in the rules and authorities that enforce them. It can happen, for example, through an increase in citizen participation in public decisions. This new confidence generates, in turn, a virtuous circle of greater institutional legitimacy and better rule compliance. At the same time, it reduces the need to resort to criminal tools to ensure compliance with the law. Increasing deliberation spaces with those affected by the measures and listening to different voices, without discrimination, is the first step. Moreover, those involved must be treated with respect, dignity and impartiality. People must be able to recognize that integrity. In the long run, communicating decisions can be more effective than punishment.

Sanción penal e incumplimiento de cuarentena en Argentina y Chile

Por Martín Böhmer y Valentina Zagmutt

La pandemia encontró a Chile y Argentina en situaciones diversas. Chile salía de un 2019 marcado por un fuerte estallido social. El año se caracterizó por muchos problemas para la autoridad en cuanto a garantizar el orden social, toques de queda prolongados, y múltiples denuncias de violaciones de derechos humanos respecto de la actuación de las fuerzas de seguridad. En Argentina, un nuevo gobierno asumía el poder en medio de un contexto de severa crisis económica y financiera con altas tasas de pobreza y desempleo.

El gobierno argentino reaccionó ante la pandemia con edictos presidenciales, y el chileno decretando estados de excepción constitucionales y resoluciones exentas del Ministerio de Salud. Además, ambos gobiernos recurrieron al aislamiento para detener la propagación del virus y buscaron su cumplimiento con amenazas de sanciones penales. En los dos países, además, el confinamiento afectó de manera más severa a los sectores más desfavorecidos. Sin embargo, ahí acaban las similitudes.

Diferencias en la persecución y sanción penal

En Chile la persecución penal fue efectiva y desigual: se hizo un fuerte uso de la herramienta penal. Además, los sectores aventajados recibieron un trato más benevolente en comparación con los menos aventajados, quienes recibieron respuestas penales más gravosas. Por ejemplo, se observan diferencias importantes en la forma de encarar los procesos que se han seguido adelante entre la zona oriente y zona sur del país (representativos de niveles socioeconómicos y culturales altos y bajos, respectivamente).  En la zona oriente hasta agosto del 2020 se encontraban cerradas el 49.80% de las causas. En cambio,  en la zona sur, sólo el 24,07%, prefiriéndose en la primera salidas más benevolentes que respecto de la segunda.

En Argentina, en cambio, la persecución penal a quienes violaban la cuarentena fue declinando en el tiempo. Los procesos penales en su mayoría no avanzaron y no se advierte discriminación por clase o zona geográfica. De acuerdo con los datos del Ministerio Público Fiscal de la Nación, a partir de un pico de 8.757 casos penales en abril, la cantidad de procedimientos por violación de la cuarentena no paró de caer hasta noviembre 2020. En el mes de octubre, último mes completo de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, se registran solamente 1166 casos. En Ciudad de Buenos Aires, también se observa un declive en el número de procedimientos por violación de la cuarentena con el tiempo, a pesar del incremento de los contagios de Covid-19 y de la movilidad de la población. En el mes de abril se registraron más de 1100 casos de violación de la cuarentena, según datos del Ministerio Público Fiscal de CABA, y alrededor de 20 millones de viajes en transporte público, según el portal de datos abiertos del Gobierno de la Ciudad. En contraste, en el mes de octubre se registran 609 procedimientos por violación y más del doble de viajes en transporte público.

¿Desigualdad en aumento?

La penalización de la cuarentena en Chile sugiere una profundización de la desigualdad preexistente, mientras que en la Argentina el declive en la utilización de la herramienta penal sugiere la decisión política de actuar indulgentemente. Es decir, no perseguir penalmente para no acentuar la desigualdad del impacto de las decisiones políticas en esta crisis.

Pese a las diferencias, ambos casos muestran la limitación del enfoque penal como forma de asegurar el cumplimiento del Derecho. Para contrarrestar el déficit, se debe considerar que la persecución penal es una política pública.  Como tal, debe estar sujeta a las reglas de la democracia: que su creación sea fruto de una deliberación democrática, que esté sujeta a un control republicano, y que se deba evitar su excesiva utilización. En cambio, los datos presentados muestran que la amenaza de castigo en este caso tiene consecuencias limitadas en la lucha contra la pandemia. Además tiene efectos negativos respecto a la legitimidad de las autoridades democráticas, en particular las encargadas de hacer cumplir la ley.

Recomendaciones

En lugar de insistir en activar o desactivar el castigo penal cada vez que se enfrente un conflicto de tipo social, se debería pensar y avanzar hacia otra forma de hacer políticas. Es menester adoptar estrategias que tiendan a aumentar la confianza de la ciudadanía en las normas y en las autoridades que deben hacerlas cumplir. Esto puede ser a través, por ejemplo, de una participación más deliberante por parte de la ciudadanía en las decisiones públicas. Esa mayor confianza genera un círculo virtuoso de mayor legitimidad institucional y mayor cumplimiento de las normas. A la vez, baja la necesidad de recurrir al arma penal como forma de asegurar el cumplimiento del Derecho. Aumentar los espacios de deliberación con los afectados por las medidas y escuchar diferentes voces sin discriminación, es un primer paso. También se debe tratar con respeto y dignidad a las personas afectadas e actuar con imparcialidad y que la gente reconozca esa integridad.  A la larga, comunicar con claridad las decisiones puede ser un camino alternativo más efectivo que el de castigo.